Indice
1. Introducción
2. Quiénes no requieren autorización para viajar?
3. Quiénes requieren autorización para viajar?
4. Cómo puede efectuarse una Venia de Viaje?
5. Cuáles son los requisitos para otorgar una Venia de Viaje en el Consulado Argentino?
6. Qué sucede si un menor viaja sin su venia de viaje?
7. Qué sucede si el menor tiene su domicilio en la Argentina?
1. Introducción
Se trata de la autorización de viaje que le permite a un menor de dieciocho años el ingreso y egreso de la Argentina.
La Resolución de la Dirección Nacional de Migraciones 2895/85 y la modificación establecida por la Disposición de la Dirección Nacional de Migraciones Número 31.100/2005, del 1 de agosto de 2005, constituyen su reglamentación legal. (Nota: las venias de viaje otorgadas con anterioridad al 16 de agosto de 2005, solo mantienen su vigencia si cumplen con los requisitos de la nueva resolución, en caso contrario deberán otorgarse nuevamente.
Para los argentinos, este régimen legal asigna importancia al domicilio en el extranjero de los menores, que se prueba, habitualmente, con su asiento en el Documento Nacional de Identidad. Por ello, se sugiere efectuar el cambio de domicilio en el exterior antes de viajar a nuestro país.
Es importante también tener presente que en la República Argentina la patria potestad es compartida, por lo que es necesaria la autorización del padre y la madre.
En todos los casos, los menores de edad domiciliados en el exterior, cualquiera sea la nacionalidad, saldrán del país exhibiendo la misma documentación que les fuera solicitada al ingresar a Argentina.
2. ¿Quiénes no requieren autorización para viajar?.
a). Los mayores de edad.
¿ Cuándo se adquiere la mayoría de edad?
En la República Argentina son menores las personas que no han cumplido los 18 años.
b). Los que se hallaren plenamente emancipados.
c). Los que han contraído matrimonio, en la Argentina o en el extranjero.
Esta situación se prueba por medio de:
- Libreta o Acta de Matrimonio
- Pasaporte, Cédula u otro documento que acredite identidad donde conste su Estado Civil
d). Los menores que viajan acompañados por quienes ejercen la patria potestad.
3. ¿Quiénes requieren autorización para viajar?.
a). Menores de 14 años
Si viajan en calidad de turista:
- Si viajan acompañados por uno de los padres, no necesitan la autorización del otro.
- Si viajan acompañados por un adulto, que no sea uno de los padres, deberán contar con una autorización expresa del padre y de la madre, con mención de los datos del acompañante (nombre, apellido, domicilio, tipo y número de documento) y del lugar de destino (domicilio).
- Si viajan solos, deberán contar con autorización expresa del padre y la madre, con mención del destino y de la persona mayor que lo aguardará a su llegada (nombre, apellido, domicilio, tipo y número de documento).
Si viajan a la República para establecer la residencia:
Si viajan acompañados por uno solo de los padres, necesitarán la autorización del otro.
Deberán contar con autorización expresa para viajar y residir en la República Argentina, de ambos padres, o de quien tenga la patria potestad exclusiva.
b). Mayores de 14 años
Si viajan en calidad de turista:
- Si viajan acompañados por uno de los padres, no necesitan la autorización del otro.
- Si viajan acompañados por un adulto, que no sea uno de los padres, deberán contar con una autorización expresa del padre y de la madre, con mención de los datos del acompañante (nombre, apellido, domicilio, tipo y número de documento).
- Si viajan solos, deberán contar con autorización expresa del padre y la madre, para viajar al destino que deberá estar mencionado en la venia de viaje.
Si viajan a la República para establecer la residencia:
Deberán contar con autorización expresa para viajar y residir en la República de ambos padres, o de quien tenga la patria potestad exclusiva.
- Si viajan acompañados por uno de los padres, necesitan la autorización del otro.
- Si viajan acompañados por un adulto, que no sea uno de los padres, deberán contar con una autorización expresa del padre y de la madre, con mención de los datos del acompañante (nombre, apellido, domicilio, tipo y número de documento).
- Si viajan solos, deberán contar con autorización expresa del padre y la madre.
4. ¿Cómo puede efectuarse una Venia de Viaje?
Ante un Escribano Público en la Argentina; ante una oficina consular en el exterior; ante un Escribano Público extranjero. En este último caso, el documento debe ser traducido por un traductor público, o puede ser realizado por un Escribano que realice documentos en español. Los documentos deben llevar la Apostilla para ser válidos en la Argentina.
5. ¿Cuáles son los requisitos para otorgar una Venia de Viaje en el Consulado Argentino?.
a). Documentos de Identidad de los padres o de quien o quienes ejercen la patria potestad.
Es importante tener presente que la patria potestad en la República Argentina es compartida, por lo que es necesaria la autorización del padre y la madre (aún en caso de que estuvieran divorciados) si el menor viaja solo, o la de uno de ellos cuando el menor viaje acompañado por el otro padre.
b). Documento de Identidad del menor o, en caso de no tenerlo aún, su Partida de Nacimiento.
c). Partida de Nacimiento del menor o Libreta de familia donde figure la inscripción del menor.
d). Nombre, apellido, documento de identidad y domicilio de la persona mayor de edad que acompañará al menor o lo recibirá en la Argentina, en caso de que el menor no viaje con ninguno de sus padres.
e). Firmar en presencia del Cónsul argentino.
f). Abonar el arancel consular en efectivo: 40 euros.
6. ¿Qué sucede si un menor viaja sin su venia de viaje?.
En ese caso, la autoridad migratoria argentina podrá:
a). Si se trata de argentinos, admitirlos y entregarlos a las autoridades de seguridad con jurisdicción en el lugar de ingreso, para la posterior intervención de la Autoridad con competencia en minoridad, labrándose un Acta al efecto.
b). Cuando se trate de extranjeros temporarios o permanentes, otorgarles desembarco provisorio y entregarlos a las Autoridades de seguridad con jurisdicción en el lugar de ingreso, para la posterior intervención de la Autoridad con competencia en minoridad, labrándose al efecto un Acta de entrega;
c). No admitirlos si pretendieran hacerlo como residentes transitorios.
7. ¿Qué sucede si el menor tiene su domicilio en la Argentina?.
Los menores de edad [ver punto 2.a)] requieren una autorización de ambos padres para viajar fuera de la República Argentina. Por ello:
- El menor que viajara en compañía de uno solo de los padres, deberá contar con la autorización del otro.
- El menor de 14 años de edad que viajara sin la compañía de por lo menos uno de los padres, deberá contar con una autorización dada por quienes ejerzan la patria potestad, en la que se especifique el lugar de destino del viaje y los datos de la persona que viaje con él, o que lo recibirá en el lugar de destino (nombre, apellido, domicilio, tipo y número de documento).
- El menor de 18 años pero mayor de 14 años de edad que viaje solo, deberá contar con una autorización dada por quienes ejerzan la patria potestad, en la que se especifique el lugar de destino del viaje. Si viajara en compañía de otra persona, deberán constar en esa autorización los datos personales delacompañante (nombre, apellido, domicilio y tipo y número de documento), y el lugar de destino del viaje.
¿ Quién otorga la autorización al menor domiciliado en Argentina, para salir de Argentina ?
a) El padre y la madre, o de ellos quien no viajara con el menor, o de ellos quien tuviera la patria potestad exclusiva.
Se probará el vínculo de filiación y la patria potestad exclusiva si correspondiera, mediante: libreta de matrimonio, partida, acta o certificado de nacimiento del menor, certificado de nacionalidad, testimonio judicial de adopción u otro instrumento público; partida de defunción o resolución judicial, en caso de fallecimiento de uno de los padres.
b) El Juez competente: si el menor se encontrara bajo tutela, o desamparado, o a su disposición o bajo su protección; o si no hubiere acuerdo entre los padres respecto de autorizar la salida del país del menor.
Se probará mediante testimonio, certificación de la respectiva resolución o por cualquier otro instrumento público.
¿Cómo se otorga la autorización al menor domiciliado en Argentina, para salir de Argentina?
Por instrumento público otorgado por escribanos, jueces, cónsules u otras autoridades públicas.
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